Cambios en la normativa sobre el impuesto de plásticos reciclados a partir del 1 de enero 2024.

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A partir del 1 de enero de 2024 se implementarán cambios significativos en el ámbito del Impuesto de Envases de Plástico, de la Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Estas modificaciones se centran en la forma de acreditar el plástico reciclado incluido en los productos sujetos a este impuesto, introduciendo la obligación de certificación mediante la norma UNE-EN 15343:2008.

Además, con esta actualización de normativa no se podrá acreditar en el impuesto especial la cantidad de plástico reciclado en los productos mediante una declaración responsable firmada por el fabricante solamente. Ahora, según la nueva regulación, la acreditación del plástico reciclado únicamente podrá establecerse mediante un certificado específico emitido por una entidad acreditada. Este certificado debe cumplir con los estándares establecidos en la norma UNE-EN 15343:2008  «Plásticos. Plásticos reciclados. Trazabilidad y evaluación de conformidad del reciclado de plásticos y contenido en reciclado».

Requisitos que nos encontramos: 

La certificación dependerá de la ubicación del fabricante del envase:

  • Para envases plásticos fabricados en territorio español, las entidades certificadoras deben estar acreditadas por la ENAC.
  • En el caso de envases plásticos fabricados en otros países de la Unión Europea, la acreditación debe provenir del organismo nacional de acreditación designado de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 765/2008.
  • Por otra parte, si los envases son fabricados fuera de la Unión Europea, la certificación puede ser realizada por cualquier acreditador con el cual la ENAC tenga un acuerdo de reconocimiento internacional.

¿A qué productos plásticos nos referimos?

La regulación del impuesto incluye envases no reutilizables con plástico, productos plásticos semielaborados destinados a la fabricación de dichos envases, y productos con plástico para el cierre, comercialización o presentación de envases no reutilizables. La base imponible 0,45 euros por kilogramo de plástico, se calculará según la cantidad de plástico no reciclado en kilogramos en los productos sujetos al impuesto.

En Global Cargo System, estamos continuamente adaptándonos y continuamente informándonos sobre las nuevas actualizaciones. La sostenibilidad es uno de los pilares fundamentales en nuestra estrategia. Para conocer más información sobre esta normativa y cómo te afectaría, puedes contactarnos y uno de nuestros expertos te ayudará.

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